La expulsión de los moriscos

Autor del artículo: Mercedes García-Arenal y Gerard Wiegers

Fecha de publicación del artículo: 25/04/2021

Año de la publicación: 2021

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La exacerbación del linaje, la obsesión por la sangre limpia, el temor a la infiltración y al contagio atraviesan ideológica y socialmente todo el “problema morisco” y marcan no pocos aspectos de la historia de la España altomoderna.

Mercedes García-Arenal y Gerard Wiegers

23 de abril de 2021

Entre 1609 y 1614, unos 300.000 moriscos fueron expulsados de España, obligados a salir de la península principalmente por los puertos mediterráneos con destino al Norte de África.  Fue una deportación masiva, realizada con la ayuda de las galeras y naves de la armada y organizada rigurosamente por el aparato burocrático de la Monarquía. Con ello, la Corona esperaba poner fin a algo más de un siglo de lo que se llamaba “la cuestión morisca”. En el presente artículo analizamos la postura de las autoridades políticas y religiosas y los factores que determinaron la resolución elegida: el desplazamiento forzoso de todo un grupo religioso y social.

Comienzos

Detalle de «La expulsión de los moriscos» de Vicente Carducho (c. 1627).

El comienzo radica en los años posteriores a la conquista de Granada de 1492. Las capitulaciones firmadas con las autoridades musulmanas a raíz de la toma definitiva de la ciudad por Fernando de Aragón e Isabel de Castilla garantizaban el mantenimiento del islam para aquellos habitantes de Granada que permanecieran en el territorio peninsular, aunque las autoridades cristianas fomentaron la salida hacia Marruecos de las familias principales, de las elites granadinas. Durante unos años se mantuvo, pues, un estatuto muy semejante al que habían tenido durante el periodo medieval los mudéjares, es decir, los musulmanes que habitaban en territorio cristiano. Esta situación no duró más de unos diez años: los intentos de conversión y de evangelización, la repoblación del reino con gentes llegadas del norte de Castilla, las subsiguientes revueltas de la población musulmana contra esta política, se saldaron con la anulación de las capitulaciones decretadas por los Reyes. Estamos en un tiempo en el que aparecen nuevos poderes, nuevas estructuras, y los pactos medievales ya no parecieron mantenibles a las autoridades: la conversión obligatoria al cristianismo de todos los musulmanes habitantes en los territorios de la Corona de Castilla fue promulgada en 1502. Los musulmanes de los territorios de la Corona de Aragón lo seguirían siendo hasta 1526.

De mudéjares a moriscos

La llamada “cuestión morisca” supone un problema sumamente complejo: dentro de una política crecientemente homogeneizadora por parte de los Reyes con respecto a los moriscos (el nombre que se les daba a los musulmanes nuevamente convertidos sugiriendo sus conexiones con el islam, es decir de ‘moros’ a ‘moriscos’) se ponen en marcha campañas de conversión y asimilación, unidas a la represión inquisitorial y a un rechazo creciente por parte de la sociedad mayoritaria. La protección por parte de la nobleza de los moriscos de sus territorios les convirtió en chivos expiatorios, objetivos vulnerables para los movimientos que se alzaban en contra del poder de los nobles. Es una cuestión, como decimos, amplia y complicada, no uniforme ni en el tiempo ni en el espacio, imposible de examinar aquí con detalle, y que afecta a un buen número de aspectos culturales, religiosos y económicos.

Debemos recordar que tiene lugar dentro de la trayectoria general de la Monarquía Hispánica en ese siglo, con su objetivo de imponer las reglas del Concilio de Trento en todos sus territorios, y afirmar su papel y su reputación de campeona del catolicismo frente a la Reforma protestante, y al Imperio Otomano. Sobre todo, y desde finales del siglo XV, una ideología política y religiosa que requería que la fidelidad al Rey se cimentase, en todos sus vasallos, sobre una adhesión firme al catolicismo. Recordemos que, en Europa, los siglos XVI y XVII, entre las Guerras de Religión y la Guerra de los 30 años, constituyen una época de confesionalización, es decir, de unificación de las comunidades políticas en torno a una misma ley religiosa: los súbditos debían tener la misma religión que su soberano.

El año de la conquista de Granada es también el año de la expulsión de los judíos: los Reyes Católicos mantenían una creencia mesiánica en el triunfo universal de la Cristiandad y en el papel de Fernando como nuevo emperador universal: un solo pueblo, un solo pastor. Otros factores que habían surgido con anterioridad a la conversión obligatoria de los musulmanes, en torno a los judíos y a los judeoconversos, tuvieron una importancia enorme al hacerse extensivos también a los moriscos y sus descendientes. Los actos sistemáticos de violencia contra los judíos que habían comenzado en 1391 provocaron una gran número de conversiones al cristianismo a lo largo del siglo XV, generando una importante población de judeoconversos.

Comienzo de la Sentencia-Estatuto de Pedro Sarmiento (Toledo, 1449).

En particular, los estatutos de “limpieza de sangre” y la institución de la Inquisición (creados los primeros para impedir a los conversos el acceso a posiciones de privilegio o poder, la segunda para vigilar el buen cumplimiento del catolicismo por parte de esos conversos), exacerbaron hasta grados antes nunca alcanzados en la Península las ideas de linaje, de sangre limpia, de religión transmitida por la sangre, creando un nuevo concepto, el de “cristiano viejo”, que obstaculizaba la asimilación de los grupos convertidos y los condenaba a la sospecha y la marginación. Se temía su contagio, su infiltración. Recuérdese que los estatutos de limpieza de sangre, que se imponen por primera vez en Toledo a mediados del siglo XV, requerían que cualquier persona que optase a cargos concejiles o del cabildo tuviese que certificar que sus padres y abuelos eran cristianos viejos, que no tenían ningún antepasado judío o musulmán. Y esos estatutos después se fueron extendiendo a la judicatura, las universidades, las órdenes militares. La conversión obligatoria había roto en principio las divisiones entre distintos grupos, pero la sociedad cristiana creó inmediatamente otros filtros y otras razones de exclusión que impidieran el total acceso a ella de personas de origen converso. La exacerbación del linaje, la obsesión por la sangre limpia, el temor a la infiltración y al contagio atraviesan ideológica y socialmente todo el “problema morisco” y marcan no pocos aspectos de la historia de la España altomoderna.

La guerra de Granada y después

La “cuestión morisca” conlleva toda una serie de cuestiones sociales y políticas. En 1567, los Moriscos granadinos protestaron contra la política represiva que afectó a sus costumbres culturales y religiosas, tales como el uso de la lengua árabe, y lo hicieron por boca del morisco Don Francisco Núñez Muley en un famoso memorial dirigido a la Chancillería de Granada. Pero sin éxito. En 1569, los moriscos granadinos se rebelaron en las Alpujarras, y durante dos años el antiguo reino de Granada se vio envuelto en una feroz contienda, una guerra especialmente cruel por ambos bandos que requirió de don Juan de Austria y los Tercios de Flandes para poder ser sofocada. De hecho, se pensó como una segunda conquista del reino y causó un pavor hacia los moriscos que ya no sería nunca totalmente eliminado. De resultas, se deportó a toda la población morisca granadina hacia Castilla, donde fue dispersada en pequeños grupos que, sin embargo, intensificaron su resistencia.  Desde la Junta de Lisboa de 1582, y en posteriores reuniones de las cortes, se comenzó a discutir la posibilidad de expulsar a los moriscos de toda la Península, aunque la medida planteaba toda una serie de problemas, religiosos, morales y económicos. ¿Cómo expulsar a personas bautizadas al Norte de África donde no podrían sino apostatar y aumentar el número de enemigos? ¿Cómo discriminar entre moriscos que seguían siendo musulmanes encubiertos y aquellos de los que se sabía que eran buenos cristianos? ¿Cómo compensar a los nobles aragoneses y valencianos cuyos territorios quedarían arruinados, qué hacer con los niños…?

Danza morisca en una ilustración del Trachtenbuch de Christoph Weiditz (c. 1530).

Pero la razón principal de que no se tomara la decisión de expulsar a los moriscos es que Felipe II nunca estuvo en favor de la expulsión como medida colectiva. Su política fue la de tomar medidas para asimilar a los moriscos, con la represión inquisitorial sistemática como recurso básico, y prohibir los contactos entre los moriscos y el mundo musulmán. En general, prohibir que viajaran. Esta presión comenzó a romper los marcos de resistencia morisca, y su continuidad podía haber contribuido a atenuar la diferencia existente con los cristianos viejos y el carácter amenazador con que eran vistos los moriscos, por la Guerra de las Alpujarras, por sus alianzas con corsarios norteafricanos y sus supuestas connivencias con los Otomanos. No obstante, la persistencia del islam entre los moriscos, denunciada con insistencia por la Inquisición y por las autoridades religiosas, provocó denuncias proféticas que relacionaban los desastres que afligían a la Monarquía —como la derrota de la armada contra Inglaterra en 1588— con la pervivencia del islam en España, y anunciaban mayores males si no se ponía remedio.

El reinado de Felipe III

Muerto Felipe II, la administración que se impone con el nuevo monarca retomará las discusiones de las juntas de Lisboa de 1582, y pronto Felipe III se declaró partidario de la expulsión y de las ideas que iban avanzando posiciones en sectores influyentes. ¿A qué responde esta súbita iniciativa nada más comenzar el reinado? Se trataba de dar respuesta a unas peticiones de las Cortes de Castilla. El problema se arrastraba desde hacía varios años, por lo menos desde 1592, cuando el jurado sevillano Rodrigo Sánchez Doria planteó el problema morisco como un peligro militar y de orden público, agudizado por su crecimiento demográfico, y recordando el frustrado proyecto de rebelión preparado para la noche de S. Pedro de 1581 en Sevilla. Pero sobre todo se dejó oír con rotundidad e insistencia la voz del arzobispo de Valencia, Juan de Ribera. Ribera pedía remedios políticos para “salvar” a España.

 

Retrato del arzobispo Juan de Ribera.

El objetivo político del Arzobispo era lograr de Felipe III lo que no había conseguido de su padre: evitar la “pérdida de España” que él en particular, influido en gran medida por esos anuncios proféticos, creía inminente. Pretendía evitar los efectos derivados de la “traición” de los moriscos y el castigo divino por consentir su “apostasía.” Y sin embargo, la toma de decisiones se demoró, había también gente influyente en contra de ella, por motivos morales pero también demográficos y económicos, gentes que creían que la evangelización y la asimilación eran posibles, que no se habían hecho los esfuerzos necesarios, que la medida de la conversión forzosa había supuesto un mal arranque y que no se había trabajado en mantener las medidas adecuadas, que la imposibilidad de ascenso social coartaba la conversión verdadera…; incluidos aquellos, que los había, que se alzaban en favor de abolir los estatutos de limpieza de sangre. Pero estas voces terminaron derrotadas. La coyuntura no les fue favorable. Y téngase en cuenta que las voces moderadas no ponían en duda la necesidad acuciante y necesaria de que los moriscos, como todos los súbditos de Su Magestad, fueran buenos católicos, sino que preconizaban otros métodos para conseguirlo.

La expulsión como medida elegida

En esta coyuntura de miedo hacia los moriscos como una quinta columna, influye sobre la decisión regia el reciente fracaso de la empresa de Argel, a principios de septiembre de 1601, que supuso un duro golpe al valido Lerma y al propio Rey. Era una de las acciones militares de segundo orden promovidas por Lerma para reforzar la seguridad en el Mediterráneo y que, al tiempo, obedecían a la necesidad de obtener éxitos militares de reputación. Se habían puesto muchas esperanzas en el éxito de la empresa que hubiera permitido a Felipe III compararse positivamente con su abuelo el Emperador y triunfar donde éste había fracasado. El nuevo y vergonzoso fracaso ante Argel puede explicar el afán del rey por resolver el problema morisco. Anhelaba un triunfo que podía ser particularmente brillante si en él se aunaban la defensa de la fe y el triunfo en un desafío ante el que sus gloriosos antepasados habían retrocedido. Pero aún más pesaron las treguas con las potencias protestantes: en 1604 se habían firmado paces con Inglaterra, en 1609 la Tregua de los doce años que aseguraba de facto la futura independencia de las Provincias Unidas de los Países Bajos. Por otro lado, ese mismo año ascendió al trono de Marruecos un declarado enemigo de la Corona española y aliado de Inglaterra y de la República Holandesa, Muley Zidan.

El caso es que la medida de expulsión se decretó ese año de 1609, y comenzó a ponerse en práctica. Precisamente se comenzó por los territorios de Valencia, donde los moriscos constituían una parte importante de la población, y estaban más cerca de fronteras y costas y de supuestas alianzas con lo que se llamaba en aquella época “el Turco”. Se siguió con la expulsión de los de Castilla, y luego de los moriscos de Cataluña y Aragón. En principio, en los territorios de la corona de Castilla habían de quedar exentos los que demostraran ser buenos cristianos y los niños. Los otros territorios seguirían, y con cada uno de ellos se irían endureciendo y radicalizando las medidas. Se fueron incluyendo en los sucesivos decretos de expulsión a los que presentaran credenciales de ser buenos cristianos, a los miembros de matrimonios mixtos, y en última y muy significativa instancia, a los niños.

Detalle de «La expulsión de los moriscos» de Vicente Carducho (c. 1627).

En 1614, el último decreto de expulsión afectó a los moriscos de la Mancha y del valle del Ricote, que se habían convertido voluntariamente antes de 1502 y tenían privilegios de los Reyes Católicos. La cuestión había dejado de ser religiosa para convertirse en una decisión política, basada en el supuesto de “traición” que afectó a todo un grupo social al que se identificaba con lo musulmán. Y esa identificación se hacía en base a la creencia en una sangre impura capaz de trasmitir las creencias religiosas, pero, también y sobre todo, la “traición.”

El proceso de expulsión y sus consecuencias

Los moriscos fueron llevados a las costas y embarcados. En un principio, se intentó utilizar las fronteras con Francia y asegurar que iban a territorios cristianos, pero esta vía fue abandonada paulatinamente, entre otras cosas porque tanto Francia como Italia negaron la entrada a los expulsados moriscos. Ni que decir tiene que muchos moriscos murieron en el largo trayecto, que muchos fueron asaltados, robados y despojados de sus bienes en las costas a las que arribaron. Muchos perdieron a sus niños, sobre todo los expulsados en las primeras fases, cuando aún se les impedía llevarlos. Ahmad b. Qasim Al-Hajari (Diego Bejarano), oriundo de Hornachos, nos cuenta que los moriscos de Sevilla fueron forzados a dejar a sus niños, “que fueron tan grandes las voces que daban las madres que decían los sevillanos que aquel era el Dia del Juicio” y que, llegados a Marruecos, “no pueden las madres sosegar de ninguna manera que algunas pierden el juicio”.

Algunos años más tarde, algunos moriscos escriben que partieron conformes e incluso alegres al destierro, en el que veían una medida providencial y redentora de la represión religiosa. La mayor parte fue a instalarse en Marruecos, Argelia, Túnez, o en territorios del Imperio Otomano. Muchos, unos años más tarde, consiguieron volver y pasar desapercibidos, ya que, acabado el “problema morisco”, el siguiente monarca, Felipe IV, no les prestó ya atención. Las consecuencias económicas y demográficas de la expulsión fueron devastadoras. Se llevaba años discutiendo también la expulsión de los judeoconversos y de los gitanos, pero estas medidas quedaron olvidadas, nunca se llevaron a cabo.

Debates historiográficos, sociales y políticos

La expulsión de los moriscos causó un profundo debate en la España de su tiempo, incluida la tensión con Roma, pues el Vaticano no era partidario de ella. Ha sido también objeto de un gran debate ideológico por parte de la historiografía, empezando a comienzos del siglo XVII en círculos de los llamados apologistas y defensores de la expulsión, pero sobre todo a finales del siglo XIX y en la primera mitad del siglo pasado, en que historiadores católicos y tradicionalistas defendían la expulsión frente a otros que señalaban los desastres que había supuesto y la criticaban como medida inhumana y que podía haberse evitado. Dánvila y Collado (1889), Boronat y Barrachina (1901) y otros se esforzaron en probar que la expulsión, además de inevitable, fue una medida justa y acertada, utilizando los estereotipos que habían acuñado los promotores de la expulsión casi tres siglos antes.

Quizá ahora asistamos a un renacer del debate, no tanto por parte de los historiadores, sino de algunos políticos y medios de comunicación españoles y extranjeros. Ha habido algunas voces, por ejemplo, que han sugerido, en base a lo sucedido en los Balcanes con las guerras étnico-religiosas, cuán beneficioso fue que en España el problema hubiera sido solventado siglos antes con la expulsión. En tiempos recientes, y desde una otra posición ideológica, la expulsión de los moriscos ha sido calificada de “genocidio”. No es un buen término ni ajustado a esta cuestión, ni es un concepto para usar a la ligera. No solo porque “genocidio” implica la intención organizada por parte de un estado de extinción física total de toda una comunidad, sino porque el término tiene unas aplicaciones y unas definiciones jurídicas cuidadosamente debatidas en los años 40 del siglo pasado que limitan su utilización como mero adjetivo de una determinada acción, por tremenda que sea. Aunque atendamos a una definición mínima del término, genocidio supone la aniquilación o exterminio sistemático y deliberado de un grupo social por motivos raciales, políticos o religiosos. Creemos, pues, que el término no puede aplicarse a la expulsión de los moriscos. Se decidió echarlos de una manera forzosa y violenta, pero no se decidió matarlos. El término “genocidio” tiene, como hemos dicho, aplicaciones jurídicas, y su tipificación y aplicación implican serias consecuencias penales y compensatorias. Si lo utilizamos sin demasiado rigor corremos el riesgo de desvirtuarlo, o bien de manipularlo con esos fines compensatorios, a menudo en términos económicos.

Un término de uso contemporáneo que podríamos quizá aplicar, y aun así con las precauciones que supone el utilizar un concepto acuñado en tiempos modernos para el pasado, es el de “limpieza étnica”; es decir, el intento de lograr una supuesta homogeneidad étnica en un territorio particular por medio de deportaciones y traslados de población. En la base está el supuesto ideológico de que un determinado estado nacional (en términos modernos) se identifica con un grupo específico étnico, religioso o político, considerado “puro”. Con eso no queremos decir que la «limpieza étnica» sea menos grave, sino que se ajusta mejor a la intención primordial de la medida de la expulsión, siempre y cuando tengamos en cuenta que, como hemos dicho antes, en el caso de los moriscos la expulsión tuvo lugar dentro de los grandes procesos de “confesionalización” de la época, bien distintos de los causados por los movimientos contemporáneos de creación de naciones. Al mismo tiempo, y también como hemos venido diciendo, existe una clara intención de “limpieza” en las consecutivas medidas de expulsión, que van abandonando paulatinamente los meros argumentos religiosos, o incluso políticos y sociales. El concepto de la sangre impura, a la que el bautismo es incapaz de redimir, tiene un claro contenido racial o “racista”. Este aspecto racista se niega a veces en el debate al que hemos aludido, porque la discriminación contra los moriscos y los estereotipos negativos sobre el islam y aspectos culturales asociadas con la religión que se construyeron en torno a estos Moriscos no incluían una descripción física ni la mención de rasgos fenotípicos, tales como el color de la piel, ingredientes importantes para la definición del racismo moderno. Y aun así, la idea de la transmisión biológica de rasgos culturales o de la creencia religiosa como prueba de inferioridad debe calificarse de racismo.

La expulsión fue, sin duda, una medida extrema, de terrible coste humano y de tremendas consecuencias, pero no se trató al final de asesinar a los moriscos como colectivo o grupo, sino de un desplazamiento forzoso y violento con el objetivo ideológico de limpiar la “nación” y su “tierra” para “salvarla”. El término limpieza étnica puede servir como punto de partida para ahondar nuestra reflexión, una reflexión que pueda proyectarse sobre el presente. Y, en ese sentido, es conveniente abandonar las posiciones nacionalistas encontradas, es decir, las distintas definiciones ideológicas del pasado nacional y de la identidad de los “españoles”, y de si la expulsión fue buena, mala, o un mal necesario. Lo que está realmente en juego es la adhesión o no a un espejismo, es decir, a la ideología de que existieron, y por lo tanto pueden existir, sociedades homogéneas, y que esa homogeneidad traerá la armonía y la ausencia de conflicto. Es un espejismo cuajado de peligros.

 

PARA AMPLIAR:

  • Kenneth Garrad,“The Original Memorial of Don Francisco Núñez Muley,” Atlante 2, 4 (1954): 199-226.
  • Mercedes García-Arenal y Gerard Wiegers (eds.) Los moriscos: expulsión y diáspora. Una perspectiva internacional. Valencia, Universitat de Valencia, 2013. Traducido al inglés y ampliado, The expulsion of the Moriscos from Spain: A Mediterranean Diaspora. Leiden, Brill, 2014.
  • Mercedes García-Arenal y Felipe Pereda (eds.) Sangre y leche. Raza y religión en el Mundo Hispánico Moderno.Madrid, Marcial Pons, 2021, en prensa (fecha de aparición, septiembre 2021).
  • Ahmad b. Qasim al-Hajari (Diego Bejarano), Kitab Nâṣir al-Dîn ‘Alâ ‘l-Qawm al-Kâfirîn (The supporter of religion against the infidel). General introduction, critical ed. de trad. P.S. van Koningsveld, Q. al-Samarrai and G.A.WiegersMadrid, CSIC, 2015. Existe traducción al árabe por Jaafar ben al-Hajj al-Sulami (Tetuán, 2019) y también una traducción del Kitâb Nâṣir al-Dîn al español por Adil Barrada y Celia Téllez, El Periplo de al-Ḥayarî. Madrid, Diwan Mayrit, 2019.

Fuente: Al-Andalus y la Historia